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Facturación electrónica inmediata en Ecuador desde 2026

lo que deben conocer los contribuyentes


Desde enero de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) implementó un cambio relevante en la normativa tributaria del Ecuador: la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas de forma inmediata, es decir, en el mismo momento en que se realiza la entrega de bienes o la prestación de servicios.
Esta medida aplica para la mayoría de los contribuyentes y forma parte del proceso de modernización y control fiscal impulsado por el SRI. Conocer el alcance de esta disposición es fundamental para evitar inconvenientes, sanciones o errores en los procesos de facturación.


¿QUÉ SIGNIFICA LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA INMEDIATA?

La facturación electrónica inmediata implica que la emisión y autorización del comprobante electrónico debe realizarse en tiempo real, sin posibilidad de hacerlo de manera posterior a la operación.
Desde 2026:
  • La factura debe ser generada y autorizada al momento de la venta o servicio.
  • No se permite emitir facturas horas o días después.
  • El proceso debe cumplir con las validaciones establecidas por el SRI.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A EMITIR FACTURAS ELECTRÓNICAS?

Están obligados a cumplir con esta normativa:
  • Contribuyentes del Régimen General
  • Contribuyentes del Régimen Microempresas
  • Operaciones entre empresas (B2B)
  • Operaciones con entidades del sector público (B2G)
  • Agentes de Retención, quienes deben emitir sus comprobantes de retención de forma electrónica
Siempre que no se encuentren clasificados como Negocios Populares.

¿QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS?

No están obligados a emitir facturación electrónica:
  • Negocios Populares, con ingresos brutos anuales inferiores a USD 20.000
  • Personas en relación de dependencia
  • Jubilados, estudiantes y personas sin actividad económica formal
  • Personas naturales que no están obligadas a obtener RUC


DOCUMENTOS QUE TAMBIÉN DEBEN EMITIRSE ELECTRÓNICAMENTE

Además de la factura electrónica, el SRI exige la emisión electrónica de los siguientes documentos:
  • Notas de crédito
  • Notas de débito
  • Comprobantes de retención
  • Guías de remisión
  • Liquidaciones de compra

¿QUÉ CAMBIA A PARTIR DE ENERO DE 2026?

El principal cambio es la eliminación de la facturación diferida. La normativa establece que:
  • La autorización del comprobante debe ser inmediata.
  • Se refuerza el control de las transacciones comerciales.
  • Se mejora la trazabilidad de la información tributaria.
Este cambio obliga a las empresas a revisar sus procesos internos y asegurarse de que sus sistemas de facturación estén alineados con los tiempos exigidos por el SRI.


La facturación electrónica inmediata es una disposición clave dentro del proceso de digitalización tributaria en Ecuador. Estar informados sobre quiénes están obligados, qué documentos aplica y desde cuándo rige la normativa permite a los contribuyentes evitar errores y cumplir adecuadamente con sus responsabilidades fiscales.


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